martes, 31 de mayo de 2016

La OEA, el "síndrome del Estado Parte" y la fórmula Almagro


Carlos Pozzo

La Organización de los Estados Americanos (OEA), como toda institución internacional creada a semejanza de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), padece de lo que podría denominarse “Síndrome del Estado Parte”, condición que afecta o podría afectar el funcionamiento de los principales órganos de gobierno del cuerpo multilateral. El convenio constitutivo de la OEA, al igual que los de la mayoría de las organizaciones intergubernamentales, atribuye una importancia crucial al “Estado Parte” al convertirlo en el eje fundamental sobre el que giran las decisiones y las acciones de la institución multilateral en toda la dimensión interamericana.

El aspecto controversial de esa atribución es que el “Estado Parte” suele ser representado por un gobierno que, en determinadas circunstancias, asume intereses contrarios a los de la mayoría de sus gobernados, como quedó en evidencia con el caso de Venezuela y el ofrecimiento de la OEA para enviar una misión técnica de observación electoral en la víspera de los comicios parlamentarios realizados el pasado 6 de diciembre. Como se recordará, la reiterada exigencia de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) para que se aceptara el ofrecimiento de la OEA fue rechazada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) que, actuando como apéndice del Poder Ejecutivo, se alineó con el sector oficialista y con la posición del gobierno que, en su condición de representante del “Estado Parte” y con base en una motivación más política que técnica, se opuso a la solicitud para que la OEA desplegara una misión de observación electoral como instrumento para generar confianza en los resultados de dichos comicios.  

Tomando en cuenta la incidencia jurídica y política del principio del “Estado Parte”, la postura asumida por el Secretario General de la OEA, antes y después de ese memorable suceso, reviste una incuestionable importancia. Almagro ha dedicado horas extras de trabajo al caso de Venezuela, en vista del empeño del gobierno de Maduro en desconocer la autoridad constitucional del Poder Legislativo derivada de la masiva voluntad popular que se expresó en diciembre. La constante violación del orden democrático venezolano por el Poder Ejecutivo obligó a Almagro a resolver el dilema que impidió a sus antecesores desempeñarse con el coraje que reclama la solución de una crisis política. Es decir, dilucidó el dilema que le impedía al funcionario internacional trabajar en consonancia con las decisiones y orientaciones de los “Estados Partes”, que a la postre son sus mandantes por haberlo elegido como Secretario General, y al mismo tiempo, desempeñarse honrando el compromiso de defender y promover los principios y valores fundamentales que están consustanciados con la existencia misma de la organización, es decir, con la democracia y los derechos humanos.

El significativo impacto que en el ámbito nacional e internacional ha producido la resuelta actitud de Almagro ensu condición de Secretario General de la OEA le ha elevado el costo político al gobierno de Venezuela, mientras que ha colocado en una posición de fortaleza a la oposición democrática. Los múltiples llamados a la solución de la crisis venezolana por parte de gobiernos, instituciones y personalidades con reconocida influencia en la política internacional se produjeron con mayor intensidad a raíz de la última e inusual carta remitida directamente a Maduro. La misiva de Almagro  proporciona, por su crudeza y determinación, un importante camino que puede conducir hacia la justa valoración jurídica y política de los instrumentos interamericanos que han sido adoptados para promover y proteger a la democracia y sus valores fundamentales,de los excesos y abusos del poder en los que, de manera autocrática, suelen incurrir los gobernantes latinoamericanos.

La iniciativa del Secretario General de la OEA de invocar la Carta Democrática Interamericana para examinar el caso venezolano ha sido desafiada por el gobierno de Maduro con base en el argumento de que para ello se requiere la autorización del “Estado Parte”, es decir, del mismo gobierno nacional. Sin embargo, Almagro ha resuelto ir adelante con apego a lo dispuesto en el artículo 21 de la propia Carta y con fundamento en el informe que, sustanciado por la Asamblea Nacional de Venezuela, expone crudamente las flagrantes violaciones del orden constitucional en las que ha incurrido el Poder Ejecutivo, en colusión con Tribunal Supremo de Justicia y el Poder Electoral.

El Consejo Permanente de la OEA puede admitir o desestimar la propuesta del Secretario General de examinar con ojo crítico el caso venezolano, de manera que el éxito o fracaso de su iniciativa depende, paradójicamente, de los “Estados Partes”. No obstante ello, en caso de que el principal órgano de la OEA decida respaldar la propuesta de Almagro, tal como se vislumbra, el sistema interamericano estará frente a un caso inédito en el cual, más allá del infame Fujimorazo contra el desprestigiado Congreso peruano, el Secretario General de la OEA se moviliza para contener la arremetida institucional del Poder Ejecutivo de un “Estado Parte” que, coludido con otros poderes públicos y en clara alteración del orden constitucional, desconoce y asedia al Poder Legislativo recién electo por una abrumadora mayoría de sus conciudadanos. Al aprobarse el planteamiento de Almagro, la OEA habrá abonado el terreno para instituir una suerte de fórmula que se orienta más a proteger la voluntad popular personificada en los parlamentos nacionales, que a los poderes ejecutivos que son amenazados por las típicas asonadas militares. 

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